Las mujeres que en 2020, 2021 y 2022 se quedaron en desempleo, no tendrán que devolver las ayudas por maternidad. Así se desprende de las disposición final quinta de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, que salió publicada en el BOE y que introduce cambios en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF.
La deducción no podrá superar los 1.200 euros por año e hijo menos de tres años y se aplica en los siguientes supuestos:
Las modificaciones tienen carácter retroactivo, ya que aplica a los ejercicios del año 2020 y 2021. No obstante, la deducción se practicará en la declaración de la renta del año 2022 de forma separada a la deducción relativa al 2022. El Gobierno desarrollará en los próximos días una orden ministerial para establecer cómo hacer esta deducción.
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