Hacienda no descansa por vacaciones, pero tú sí. Solicita los días de cortesía si no quieres llevarte un susto por haber recibido una notificación electrónica de la Agencia Tributaria y no haberla atendido a tiempo.
Los días de cortesía los pueden solicitar los contribuyentes dados de alta en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH), de manera obligatoria o voluntaria. En este último caso tienen que realizar la suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones electrónicas.
Hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones en la DEH.
Para ello, el interesado deberá solicitarlo con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del periodo deseado. En el caso de que la persona que vaya a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía es un tercero, este tiene que estar apoderado en el trámite GENERALNOT y debe asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.
De esta manera, la Agencia Tributaria quedará informada de que durante estos días no puede poner a disposición del contribuyente notificaciones en la DEH y este podrá disfrutar de las vacaciones sin estar pendiente del correo electrónico.
A través del siguiente enlace de la AEAT, la agencia informa sobre cómo podemos solicitar los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas. Tienes que acceder a “Todas las gestiones/Otros servicios/Notificaciones/Notificaciones/Todas las gestiones/Suscripción, solicitudes y otras consultas/Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.