El uso excesivo y hasta abusivo del acrónimo NIE (Número de Identidad de Extranjero) genera aprietos y equívocos, en ocasiones, difíciles de salvar.
Día a día, la sigla NIE se utiliza para describir la situación administrativa de un extranjero, nombrar el documento de un ciudadano de la Unión o como sustitutivo de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Fuera de esta lista quedan aquellos que intercambian NIE y DNI (Documento Nacional de Identidad) como si se tratara de lo mismo.
Puede resultar odioso, pero la importancia de distinguir entre estas situaciones no solo descansa en el uso correcto de la terminología, sino que también evidencia un mayor conocimiento sobre la materia. En este artículo abordaremos qué es un NIE, para qué se utiliza su asignación y analizaremos los distintos significados asignados al acrónimo. Finalmente, cerraremos con unos consejos prácticos dirigidos a reducir el número de equívocos.
Como adelantábamos,
el acrónimo NIE hace referencia al número bajo el cual se identifica a un
extranjero. Asumir que este número coincide con la situación regular
administrativa de su titular, es avanzar muy deprisa. Hay extranjeros cuya
primera asignación de NIE viene contenida en una resolución desfavorable o en
una orden de expulsión.
En consecuencia, lo
primero es distinguir las asignaciones de NIE de otros documentos, como puede
ser una tarjeta de identidad de extranjero o un certificado de registro de la
Unión Europea. Las asignaciones de NIE están pensadas para trámites muy
concretos, como pueden ser: recibir una herencia en España, constituir una
empresa, cambios en los apoderados de una sociedad, abrir una cuenta bancaria,
comprar una propiedad, etc.
Esta asignación se
puede tramitar a través del consulado español del lugar de residencia o dentro
del territorio español, bien sea de forma presencial o a través de
representación otorgada mediante poder. Para su obtención es indispensable
acreditar el supuesto que motiva su petición, siendo clave comprender que estas
asignaciones no autorizan a residir en España, menos a trabajar. Aunque con
frecuencia su validez no viene señalada en el documento, lo usual es que esta
no exceda los tres meses.
Asimismo, convine
señalar que en el caso de los extranjeros el Número de Identificación Fiscal
(NIF) coincide con su NIE. Por tanto, en esta circunstancia es común
intercambiar uno por otro.
Por otra parte,
tenemos números de identidad contenidos en las tarjetas de extranjeros,
documento que sí que refleja la situación administrativa de la persona
identificada. Por tanto, toda Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) contiene
un NIE, pero no al revés. Las TIE deben reproducir de forma exacta lo acordado
mediante resolución. De hecho, en el caso de que existan errores en la tarjeta,
siempre se acude a la resolución para su corrección.
La forma correcta de
identificar a un ciudadano de la Unión Europea (que va a residir en España por
más de tres meses) es un certificado de registro de ciudadano de la Unión
Europea. Estos certificados no gozan de una tarjeta plástica, se expiden en un
papel de color verde, de allí que coloquialmente se les llame tarjeta
verde.
Este documento no
debe plastificarse, por lo que es recomendable guardar el original y sacar una
buena copia para su plastificación. Este certificado no contiene foto ni
tampoco una fecha de validez, aunque lo usual es que los datos permanezcan en
el sistema por 10 años. En consecuencia, lo prudente es su actualización o
modificación a un certificado permanente.
Un ciudadano de la
Unión Europea puede solicitar la asignación de un NIE sin necesidad de
transitar por un certificado, pero esto no siempre es correcto. Tendrá sentido
cuando el interesado vaya a residir un tiempo breve y requiere de actuaciones
puntuales, como por ejemplo abrir una cuenta bancaria. También puede ser una
estrategia mientras se reúnan los requisitos del certificado UE. No obstante,
no debe ser la regla.
Cuando algún cliente afirme que tiene NIE, comprueba cuál es su situación administrativa en España. Ten en cuenta que los números de identidad de extranjero no varían, que lo que se renueva son las TIE; nunca las asignaciones de NIE (aunque, si ha caducado, se puede obtener un documento nuevo). No olvides que la Administración pública asigna códigos para el pago de las tasas cuando el interesado nunca ha tenido un NIE (arraigos). Por último, para evitar equívocos, es conveniente utilizar los términos correctos.
El servicio de Extranjería de SIGA 98 cuenta con un servicio experto en consultoría a través del cual podrás trasladar las dudas que tengas en relación a las consultas de tus clientes.