Se pueden declarar todas las facturas a nombre de la sociedad, siempre y cuando cumplan todos los requisitos legales.
Hay 4 años para declarar el iva soportado de las facturas recibidas. En el caso de los gastos de combustible y peaje, es necesario solicitar la emisión de la factura correspondiente a esos tickets, donde aparezcan todos los datos de la sociedad. Si no se tienen esas facturas solo se podrá anotar el gasto en la contabilidad, pero no se podría deducir el iva soportado en las declaraciones correspondientes.